Reglamento Conjunto para los Procesos de Adquisición, Evaluación, Selección, Negociación y Adjudicación de Contratos para la Compra de Energía y para la Adquisición, Evaluación, Selección, Negociación y Adjudicación para la Modernización de la Flota de Generación
11 11America/Puerto_Rico octubre 11America/Puerto_Rico 2016NEPR anuncia inicio de operaciones permanentes de su oficina de Secretaría en Hato Rey y cierre de operaciones en la JRTPR en Santurce
25 25America/Puerto_Rico octubre 25America/Puerto_Rico 2016La Comisión de Energía de Puerto Rico, al amparo de la Ley 57-2014, según enmendada, conocida como la Ley de Transformación y ALIVIO Energético de Puerto Rico, y de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, se propone enmendar el Reglamento Núm. 8594, conocido como el Reglamento del Plan Integrado de Recursos de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico. El propósito de la propuesta de enmienda es modificar las normas relacionadas a la implementación de los programas de eficiencia energética y respuesta a la demanda, así como los objetivos y medidas de desempeño que deben ser aplicados como parte del Plan Integrado de Recursos.
El texto de esta propuesta de enmienda al Reglamento está disponible para el público en la Secretaría de la Comisión de Energía de Puerto Rico, localizada en el Edificio World Plaza, 268 Ave. Muñoz Rivera, Nivel Plaza Suite 202, Hato Rey, P.R. 00918. El horario de trabajo de la Comisión de Energía de Puerto Rico es de 8:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m. durante días laborables. El Reglamento también está publicado junto con este aviso en el portal de Internet de la Comisión (www.energia.pr.gov).
Durante un periodo de treinta (30) días, a partir de la fecha de publicación de este aviso, cualquier persona interesada podrá someter comentarios por escrito a la atención del Lcdo. Agustín F. Carbó Lugo, Presidente, Edificio World Plaza, 268 Ave. Muñoz Rivera Nivel Plaza Suite 202, Hato Rey, P.R. 00918, o a través de correo electrónico a: comentarios@energia.pr.gov.
La Sección 2.1 de la Ley Núm. 170 de 12 agosto de 1988, según enmendada, requiere la publicación de este Aviso. Autorizado por la Comisión Estatal de Elecciones: CEE-C-16-334.