
Aviso sobre Propuesta de Reglamento – Respuesta a la Demanda
22 22America/Puerto_Rico septiembre 22America/Puerto_Rico 2020
IRP Aprobado por NEPR
9 09America/Puerto_Rico febrero 09America/Puerto_Rico 2021El Negociado de Energía de la Junta Reglamentadora de Servicio Público de Puerto Rico (“Negociado de Energía”), al amparo de la Ley 57-2014, según enmendada, conocida como Ley de Transformación y ALIVIO Energético de Puerto Rico, de la Ley 17-2019, conocida como Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico, y de la Ley 38-2017, según enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico, se propone adoptar el Reglamento para la Evaluación y Aprobación de Acuerdos entre Compañías de Servicio Eléctrico (“Reglamento”).
El propósito de este Reglamento es cumplir con el mandato legislativo de asegurar que los acuerdos de compra de energía entre las compañías de servicio eléctrico estén alineados con el interés público y sean consistentes con los objetivos de política pública establecidos por la Asamblea Legislativa. El Reglamento sigue además las directrices específicas de la Asamblea Legislativa sobre los acuerdos de compra de energía al requerir la revisión del Negociado de Energía sobre la habilidad financiera y técnica, entre otras cualificaciones, de las compañías de servicio eléctrico para proveer los servicios de su contrato mediante tarifas justas y razonables. Al aprobar los acuerdos de compra de energía, el Negociado de Energía busca asegurar que la compañía de servicio eléctrico tenga la habilidad de proveer la capacidad requerida bajo el acuerdo, de manera confiable, segura, eficiente a una tarifa razonable, consistente con el interés público.
El texto del Reglamento está disponible para el escrutinio público en la Secretaría del Negociado de Energía, ubicada en el Edificio World Plaza, 268 Ave. Muñoz Rivera, Nivel Plaza Suite 202, San Juan, PR 00918. El horario de trabajo del Negociado de Energía es de 8:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m., en días laborables. La propuesta del Reglamento también será publicada en conjunto con este aviso en el sitio web del Negociado de Energía, www.energia.pr.gov.
Durante un período de treinta (30) días contados a partir de la fecha de publicación de este de este aviso, cualquier persona interesada podrá presentar comentarios por escrito con relación a la Propuesta Revisada. Los comentarios deben ser dirigidos a la atención de Edison Avilés Deliz, Presidente, y deben ser presentados por correo electrónico a: comentarios@energia.pr.gov, a través de la herramienta electrónica de radicación del Negociado de Energía a: https://radicacion.energia.pr.gov/, por correo postal a la Secretaría del Negociado de Energía en el Edificio World Plaza, 268 Ave. Muñoz Rivera, Nivel Plaza Suite 202, Hato Rey, PR 00918; o personalmente en la Secretaría del Negociado de Energía, ubicada en la dirección antes mencionada.
Caso Núm.: OCE-SA-2020-1365