NEPR aprueba reglamentación y órdenes como parte de la Ley 57 de Transformación y ALIVIO Energético
22 22America/Puerto_Rico diciembre 22America/Puerto_Rico 2014Aviso Sobre Publicación de Reglamento
30 30America/Puerto_Rico diciembre 30America/Puerto_Rico 2014La Comisión de Energía de Puerto Rico, al amparo de la Ley 57-2014, según enmendada, conocida como la Ley de Transformación y ALIVIO Energético de Puerto Rico, y de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, adoptó el Reglamento de Procedimientos Adjudicativos, Avisos de Incumplimiento, Revisión de Tarifas e Investigaciones. El mismo comenzó a regir desde la fecha de su aprobación por virtud del Art. 6.20 de la Ley-57-2014, según enmendada, y del Art. 2.13 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.
Este Reglamento tiene el propósito de establecer las normas que regirán los procedimientos adjudicativos ante la Comisión de Energía de Puerto Rico, incluyendo el proceso de revisión y aprobación de tarifas de servicio eléctrico de la Autoridad de Energía Eléctrica, y que complementarán las disposiciones de la citada Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, según enmendada, y su jurisprudencia interpretativa. De igual forma, se establecen las normas que regirán los procedimientos de avisos de incumplimiento y de investigación de la Comisión.
El texto de este Reglamento está disponible para el público en la Comisión de Energía de Puerto Rico, localizada en el Edificio World Plaza, 268 Ave. Muñoz Rivera Suite #702, Hato Rey, P.R. 00918. El horario de trabajo de la Comisión de Energía de Puerto Rico es de 8:30 a.m. a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m. durante días laborables. El Reglamento también está publicado junto con este aviso en el portal de Internet de la Comisión, www.energia.pr.gov.
Durante un período de treinta (30) días, a partir de la fecha de publicación de este aviso, cualquier persona interesada podrá someter comentarios por escrito o solicitar una vista oral sobre el Reglamento, con los fundamentos que a juicio del solicitante hagan necesaria la concesión de una vista oral, a la atención del Lcdo. Agustín F. Carbó Lugo, Presidente, Edificio World Plaza, 268 Ave. Muñoz Rivera Suite #400, Hato Rey, P.R. 00918, o a través de correo electrónico a: comentarios@energia.pr.gov