Comision de Energia de Puerto Rico emitió hoy una Orden rechazando enmiendas sugeridas por la AEE
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30 30America/Puerto_Rico septiembre 30America/Puerto_Rico 2015San Juan, Puerto Rico- La Comisión de Energía de Puerto Rico (NEPR) emitió hoy una Orden para extender el término para someter comentarios en relación con el Reglamento de Certificaciones, Cargos Anuales y Planes Operacionales de Compañías de Servicio Eléctrico en Puerto Rico (Reglamento 8618), a los fines de promover una participación ciudadana más amplia en ese proceso regulatorio y solicitar a las personas interesadas que presenten sugerencias sobre asuntos que son de alto interés para la Comisión y que serán determinantes para el adecuado desarrollo de la industria, informó el presidente de la NEPR, Lic. Agustín Carbó Lugo.
La NEPR aprobó y dio a conocer el Reglamento 8618 mediante un Aviso publicado el pasado 11 de julio de 2015 y desde entonces se han recibido múltiples comentarios y preguntas del público que resaltan la importancia de este Reglamento. No obstante, “como parte de nuestro compromiso con el desarrollo de una industria energética sólida y estable, así como con el éxito de las iniciativas dirigidas a promover el uso de energía renovable costo efectiva, la NEPR decidió extender el período durante el cual el público puede emitir comentarios en relación con el Reglamento 8618 hasta el 25 de septiembre de 2015”, indicó el licenciado Carbó.
Este Reglamento tiene como propósito establecer las normas que regirán la información y los planes operacionales que las compañías de servicio eléctrico deben presentar a la Comisión; las normas que regirán el contenido y los procedimientos aplicables a las solicitudes de certificación que deberán presentar y obtener las compañías de servicio eléctrico para poder prestar sus servicios en Puerto Rico; y las normas sobre la imposición y pago de cargos anuales que la Comisión asignará a las compañías de servicio eléctrico que generen ingresos por la prestación de servicios en Puerto Rico, con el propósito de sufragar sus gastos anuales de operación. Esto incluye las normas aplicables a las solicitudes y concesiones de enmiendas a las certificaciones, su suspensión, revocación y la imposición de sanciones.
Entre los objetivos principales de las normas establecidas en este Reglamento, de acuerdo con Carbó, “se destacan la creación de un marco regulatorio confiable y estable para el sector eléctrico de Puerto Rico, mediante la autonomía fiscal de la Comisión como ente regulador independiente. Según lo dispuesto por la Ley 57-2014, y como resultado de este Reglamento, las compañías de servicio eléctrico tendrán ciertas obligaciones patrimoniales en virtud de su certificación para prestar servicios en Puerto Rico y de los ingresos que generen como resultado de esta actividad.”
De igual forma, las disposiciones de este Reglamento proveen los mecanismos para que la NEPR obtenga la información de contacto actualizada de cada compañía de servicio eléctrico que opere en Puerto Rico, así como la información sobre los planes operacionales que éstas deberán presentar ante la Comisión.
El Reglamento de Certificaciones, Cargos Anuales y Planes Operacionales de Compañías de Servicio Eléctrico en Puerto Rico está disponible en la página web de la NEPR: www.energia.pr.gov. Todos los comentarios deben ser sometidos por correo electrónico a: comentarios@energia.pr.gov
“Como nota aparte, es preciso señalar que, por razones estrictamente éticas, y en aras de mantener la imparcialidad y la pureza del proceso reglamentario que nos encontramos inmersos, los Comisionados de la NEPR no emitirán públicamente comentarios, juicios, ni opiniones sobre dicho proceso, el cual está ante nuestra consideración en el presente”, puntualizó Carbó.
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La Comisión de Energía de Puerto Rico fue creada el 27 de mayo de 2014 por la Ley 57-2014, conocida como la Ley de Transformación y ALIVIO Energético de Puerto Rico, con el fin de que investigue, fiscalice y regule la industria eléctrica y todos sus componentes, incluida la Autoridad de Energía Eléctrica, adjudique en primera instancia los casos y las controversias sobre asuntos regulados con la operación y el funcionamiento de la industria eléctrica; asegure la cabal ejecución e implantación de la política pública sobre el servicio eléctrico en el Gobierno de Puerto Rico; vigile y asegure la capacidad, confiabilidad, seguridad y eficiencia del servicio eléctrico, así como la razonabilidad de las tarifas por dicho servicio, entre otros fines. La Comisión está integrada por un presidente y dos comisionados asociados. La NEPR está localizada en el Edificio World Plaza, Ave. Muñoz Rivera, Piso 7, Suite 702, Hato Rey. La página web de la Comisión es: www.energia.pr.gov
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